Luego de que se diera a conocer que la aplicación para servicio privado de transporte UBER comenzará a otorgar el servicio en motocicleta para el transporte de usuarios, la subsecretaria de Movilidad en Colima, Blanca Livier Rodríguez Osorio, precisó que aun cuando este tipo de servicio no está reglamentando en la entidad, derivado de un amparo interpuesto por la empresa, este servicio podrá prestarse en la entidad.
Reconoció que en el reglamento de Colima no se establece este tipo de transporte, pero la empresa presentó un amparo ante el Tribunal Colegiado y no se podrá negar el servicio hasta que se resuelva este trámite legal.
Indicó que, en Colima, desde 2020 se publicó en el Diario Oficial del Estado, el reglamento del Servicio de Transporte, el cual entre otros establecía las condiciones en que transporte privado a través de una aplicación tecnológica debería tener para poder otorgar el servicio a los usuarios en la entidad, como es seguridad, el número de pasajeros máximos, comodidad, capacitación y capacidad, entre otras.
Pero, mencionó, en el 2021 la empresa UBER presentó un amparo y en octubre de ese mismo año un Juez otorgó suspensión únicamente del artículo 34 de ese reglamento, en donde se que habla de las características que debe tener el vehículo, por lo tanto, aunque “nuestro reglamento especifica como debe ser el vehículo y sus características, de cómo debe trabajar conforme a la plataforma, mientras esta suspensión no sea revocada por un juez, si pueden seguir operando”, subrayó.
Señaló que el primer amparo ya fue perdido por la empresa UBER, pero decidió presentar un nuevo amparo ante el Tribunal Colegiado, por lo que se está en espera de su resolución y acatamiento.
Ante esta situación, la funcionaria estatal, aseveró que, en estos momentos como autoridad de gobierno, lo que pide a la población en general es que “prevalezca en el usuario la decisión de anteponer su seguridad sobre la necesidad de un servicio de transporte y busquen la mejor alternativa”.