El sector del autotransporte tendrá que someterse a una nueva regulación en la emisión de sus gases contaminantes.
Este viernes el gobierno mexicano publicó una nueva Norma Oficial Mexicana, la NOM-050-SEMARNAT-2018, que establece los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos.
“Esta NOM establece los límites máximos permisibles de emisión de hidrocarburos, monóxido de carbono y óxidos de nitrógeno; así como el límite mínimo y máximo de la suma de monóxido y bióxido de carbono y el Factor Lambda para vehículos en circulación que utilizan gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos”, se lee en el texto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) precisó que esta norma es de observancia obligatoria para los propietarios o legales poseedores de los vehículos automotores que utilizan gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos, que circulan en el país, exceptuando aquellos que circulan en las entidades federativas de Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala.
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