Restringen publicidad de golosinas en tv!

De acuerdo con lineamientos de criterios nutrimentales y de publicidad, anunciantes de alimentos y bebidas no alcohólicas podrán publicitar sus productos en televisión abierta, restringida y salas de exhibición cinematográfica sobre confiterías, chocolates y productos similares durante horario restringido para adultos, luego de haber sido publicados varios requerimientos este martes en el Diario Oficial de la Federación.

 

 

Con base en nuevas reglas, la autoridad sanitaria únicamente autorizará la difusión de publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas que cumplan con los criterios nutrimentales permitidos, durante programación en la cual se acredite mediante estudios de audiencia que ésta no sea vista más de 35 por ciento de personas de entre cuatro y 12 años de edad.

 

 

De igual modo podrán publicitarse en salas de exhibición cinematográfica sólo durante la proyección de películas, cuya clasificación oficial sea B, B15, C o D, y no para niños, así como durante la transmisión en vivo o grabada de deportes.

 

 

Estos productos sólo podrán publicitarse en televisión abierta y restringida de lunes a viernes de las 00:00 horas a las 14:30 horas, y de las 19:30 horas a las 23:59 horas, mientras que sábado y domingo el horario permitido será de las 00:00 horas a las 7:00 horas, y de las 19:30 horas a las 23:59 horas.

 

 

Tampoco podrán anunciarse durante la transmisión de telenovelas, deportes, noticieros o series, cuya clasificación oficial o de origen sea apta para menores de edad, es decir, sólo tendrán permitido hacerlo si su clasificación es B, B15, C o D.

 

 

Fuente: Excélsior/doh/Foto: Archivo