Reforman Ley para fortalecer la seguridad de las mujeres en Colima

El Diputado Arturo García Arias, Presidente de la Comisión de Estudios 
Legislativos y Puntos Constitucionales, así como la Diputada Ana Karen 
Hernández Aceves, Presidenta de la Comisión de Igualdad y Equidad de 
Género presentaron el Dictamen por el que se reformaron y adicionaron 
varios artículos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de 
Violencia para el Estado de Colima, esto con el fin de fortalecer la 
seguridad de las mujeres en la Entidad.

El Dictamen presentado por los Diputados de la Coalición Juntos Haremos 
Historia, contiene la resolución de 2 iniciativas emitidas durante la 
legislatura 58 y uno más de la 59, la cuales habían sido turnadas a las 
Comisiones de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, de 
Igualdad y Equidad de Género y de Derechos Humanos, Asuntos Indígenas y 
Atención al Migrante.

García Arias comentó que, actualmente en todo el mundo se han 
implementado campañas para evitar la violencia hacia las mujeres. Las 
agresiones hacia el género femenino no sólo se traducen en violencia 
física, también la psicológica, patrimonial, económica y sexual, son 
modalidades que pocas veces se abordan.

Del mismo modo los Diputados expusieron que las mujeres que sufren de 
violencia se encuentran en constante peligro, puesto que en la gran 
mayoría de las ocasiones el agresor es una persona cercana a su círculo 
social, por ello, estas mujeres necesitan acceder una atención 
especializada, así como a refugios en donde se proteja su integridad 
física.

Dentro de las modificaciones a Ley se destacada la Fracción VII del 
Artículo 56 Bis, en la que se implementa que se debe informar de 
inmediato a la o las mujeres víctimas, cuando la persona generadora de 
violencia recupere su libertad, a fin de que esté en condiciones de 
tomar las medidas pertinentes.

Agregaron que otro de los puntos estratégicos de esta reforma aprobada 
es la que pertenece al Artículo 60 Bis 2 en su Fracción tercera, la cual 
señala que se deberá capacitar al personal de las diferentes instancias 
policiales en materia de derechos humanos y perspectiva de género.

El mismo Artículo pero en su Séptima Fracción menciona que será 
obligación de las Instituciones correspondientes brindar, en 
coordinación con la Secretaría de Salud y Bienestar Social, atención 
medica obstétrico-ginecológica y pediátrica, durante el embarazo, parto 
y puerperio a las mujeres recluidas en centros penitenciarios.

Además se adicionó en el Artículo 69 para que las Administraciones 
Municipales, en materia de en materia de prevención, atención, sanción y 
erradicación de la Violencia contra las Mujeres, lleven a cabo, de 
acuerdo con el Sistema, programas de información a la población respecto 
de la violencia contra las mujeres.

Finalmente se modificó el Artículo 72 para que las mujeres no puedan ser 
obligadas a participar en mecanismos de conciliación con la persona que 
les generadora de violencia; además de que las mujeres de pueblos 
originarios serán asistidas gratuitamente en todo tiempo por intérpretes 
y deberán recibir asesoría jurídica por personal que tenga conocimiento 
de su lengua y cultura.