Ley de cambio climático contempla reducir la quema de caña de azúcar

El Congreso del Estado aprobó la creación de la Ley para la Mitigación y
Adaptación ante los Efectos del Cambio Climático para el Estado de
Colima, la cual, para reducir las emisiones y capturas de carbono en el
sector agrícola, contempla  promover e incentivar la reducción gradual
de la quema de caña de azúcar y prácticas de roza, tumba y quema.

La norma, cuyo iniciador fue el diputado Federico Rangel Lozano,
establece también que para mitigar el efecto invernadero, se promoverá
entre los productores agrícolas que utilizan tecnologías para modificar
patrones hidrometereológicos (cañones antigranizo), cumplan con las
disposiciones en materia de impacto ambiental establecidos en la
legislación en la materia.

El dictamen a favor de crear esta nueva norma, elaborado por la Comisión
de Protección y Mejoramiento Ambiental del Congreso del Estado  que
preside la diputada Martha Meza Oregón, señala que la Ley tiene por
objeto establecer la concurrencia del Gobierno del Estado y los
Ayuntamientos en la formulación de políticas públicas para la adaptación
del cambio climático y la mitigación de sus efectos adversos.

Aprobada con el voto de los diputados del PRI, Independientes, PT,
Movimiento Ciudadano, PVEM y Nueva Alianza,  la Ley para la Mitigación y
Adaptación ante los Efectos del Cambio Climático para el Estado de
Colima contempla promover la inversión en la construcción de ciclo vías
o infraestructura de transporte no motorizado, así como la
implementación de reglamentos de tránsito que promuevan el uso de la
bicicleta.

También para reducir las emisiones en el sector transporte, prevé
diseñar e implementar sistemas de transporte público integrales y
programas de movilidad sustentable en las zonas urbanas para disminuir
los tiempos de traslado, el uso de automóviles particulares, los costos
de transporte y el consumo energético.

Establece la obligación para las autoridades de promover el incremento
del transporte público masivo y con altos estándares de eficiencia,
privilegiando la sustitución de combustibles fósiles y el desarrollo de
sistemas de transporte sustentable urbano y suburbano, público y
privado;

Para la reducción de emisiones en el sector residuos, la Ley contempla
promover el desarrollo y la instalación de infraestructura para
minimizar y valorizar los residuos; incrementar el número de plantas de
tratamiento de aguas residuales en el Estado, y fomentar la
implementación de sistemas de recolección, separación, reciclaje,
disposición final adecuada y aprovechamiento de residuos sólidos
orgánicos e inorgánicos.

Una disposición de la Ley es la integración del Consejo Estatal para la
Mitigación y Adaptación ante los Efectos del Cambio Climático, cuyos
integrantes ejercerán su labor de manera honorífica y tendrán por objeto
definir la Estrategia Estatal de Mitigación y Adaptación ante los
Efectos del Cambio Climático.

En ese sentido, la Estrategia Estatal será el instrumento rector que
precisará las posibilidades e intervalos de reducción de emisores de
gases de efecto invernadero, los estudios necesarios para definir metas
de mitigación y las necesidades del Estado para construir capacidades de
adaptación.

Asimismo, la Ley establece la creación del Fondo Ambiental para el
Cambio Climático, instrumento económico que facilitará el financiamiento
y acceso a recursos estatales, nacionales e internacionales para
emprender las acciones plasmadas en la nueva norma.

El Fondo estará integrado por los recursos que sean asignados por la
Federación y el Estado, de conformidad con la disponibilidad
presupuestal y con los programas, políticas y acciones implementadas
para tal efecto, así como por las contribuciones de proyectos inscritos
en el registro de mecanismos de desarrollo limpio del Protocolo de Kyoto
y demás recursos que para tal efecto se determinen.

Los recursos del Fondo serán aplicados a la elaboración de programas
para la adaptación al cambio climático derivados del Programa Estatal;
al financiamiento de proyectos que contribuyan a preservar los recursos
naturales de la Entidad; al diseño de programas de concientización y
difusión de información respecto a los efectos del cambio climático, y a
la elaboración de estudios e investigaciones en esa materia.

La Ley para la Mitigación y Adaptación ante los Efectos del Cambio
Climático para el Estado de Colima está compuesta por 51 artículos,
divididos en nueve capítulos y su decreto de creación cuenta con cinco
artículos transitorios.

Pie de Foto: El Congreso del Estado aprobó la creación de la Ley para la
Mitigación y Adaptación ante los Efectos del Cambio Climático para el
Estado de Colima, cuya iniciativa fue presentada por el Diputado
Federico Rangel Lozano (al centro), presidente de la Comisión Permanente
del Congreso del Estado.