Estas son las facultades de la Comisión de Gobierno Interno y las tareas de la presidencia

De acuerdo al artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima, estas son las funciones de la Comisión de Gobierno Interno.

I.- Elaborar un plan de trabajo y presentarlo al Congreso para su aprobación, durante el primer período de sesiones;

II.- Proponer a la Asamblea la designación del Oficial Mayor, así como pedir su remoción y vigilar el funcionamiento de la citada dependencia;

Ill.- Aprobar el nombramiento y remoción del Contralor, directores, titular de la Unidad de Igualdad de Género, servidores públicos y demás empleados del Poder Legislativo;

IV.- Proponer a la Asamblea, la integración de las comisiones permanentes y especiales y, en su caso, a quienes deban sustituirlos cuando proceda;

V.- Elaborar, conjuntamente con la Comisión de Hacienda y Presupuesto, el anteproyecto de presupuesto anual de egresos del Congreso y presentarlo a la Asamblea para su aprobación;

VI.- Ejercer el presupuesto de egresos del Poder Legislativo e informar por escrito trimestralmente a la Asamblea;

VII.- Autorizar las condiciones generales de trabajo de los servidores públicos del Congreso, a propuesta de la Oficialía Mayor; y

IX.- Las demás que le confieran esta Ley, el Reglamento o de las disposiciones o acuerdos que emita el Congreso.

De acuerdo al artículo 51 de esta Ley son facultades del Presidente de la Comisión de Gobierno:

I.- Ejecutar los planes, programas y acuerdos de la Comisión de Gobierno;
II.- Presidir y coordinar las actividades de la Comisión de Gobierno;
III.- Coadyuvar con la directiva en la conducción de los trabajos legislativos; IV.- Las demás que le confieran esta Ley, el Reglamento o de las disposiciones o acuerdos que emita el Congreso.