Aprueban ‘muerte civil’ a funcionarios corruptos

Funcionarios públicos que cometan actos de corrupción ya no podrán ejercer su puesto ni ningún otro

El día de ayer el Pleno del Senado de la República aprobó con 110 votos reformar los artículos 81, 84 y 89 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y el Código Penal Federal, para establecer la inhabilitación temporal o ‘muerte civil’ de funcionarios públicos que cometan actos de corrupción; es decir, que ya no puedan ejercer su puesto ni ningún otro.

Las faltas administrativas graves de servidores públicos contempladas son:


    •Cohecho
    •Peculado
    •Desvío de recursos públicos
    •Utilización indebida de información
    •Abuso de funciones
    •Conflicto de interés
    •Contratación indebida
    •Enriquecimiento ilícito
    •Tráfico de influencias
    •Encubrimiento
    •Desacato y obstrucción de la justicia

Por lo anterior, los funcionarios podrían ser acreedores de uno y hasta diez años de inhabilitación , si el monto de la afectación no excede 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), indica el dictamen aprobado.

El caso del cese de funciones definitivo será si la afectación de la falta administrativa grave excede mil 500 veces el valor diario de la UMA.

La ley prevé, en sus artículos 88 y 89, que la persona que haya realizado alguna falta administrativa grave o falta de particulares, podrá confesar su responsabilidad para acogerse al beneficio de reducción de sanciones’, detalló el Senado, a través de un comunicado.

Lo anterior representaría que el declarado culpable vería una reducción, de entre 50 y 70 por ciento, el monto de las sanciones impuestas; hasta el total, tratándose de la inhabilitación temporal por faltas de particulares.

El dictamen aprobado fue remitido a la Cámara de Diputados para continuar con el proceso legislativo.