El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por mayoría de votos el acuerdo correspondiente a la asignación de diputaciones federales por el principio de representación proporcional (RP) y, por unanimidad, el acuerdo para la asignación de senadurías por este principio a los partidos políticos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), del Trabajo (PT), Verde Ecologista de México (PVEM), Movimiento Ciudadano (MC) y morena.
En sesión extraordinaria, la Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala, aseguró que en este proceso de asignación y en la aplicación de la fórmula contenida en la Constitución no existe un dilema. “Nuestro actuar está más allá de coyunturas electorales”, dijo, por lo que consideró inaceptable colocar al Instituto en una falsa disyuntiva.
“La Constitución es contundente y precisa, no hay dilema, las reglas constitucionales son muy claras. Pedirle al INE hoy que aplique esta fórmula de otra manera, es impensable. Este Consejo General no puede apartarse de la Constitución”, enfatizó.
La Consejera Presidenta aseveró que “atisbar si quiera o, peor aún, asegurar que se pueden inaplicar las reglas electorales, debilita la construcción de la ciudadanía y del Estado de derecho”
En este sentido, Guadalupe Taddei subrayó que el proyecto de acuerdo presentado ante el pleno es objetivo y es el resultado del trabajo de toda la estructura que conforma el Sistema Nacional de Elecciones. “Este acuerdo no es sólo de 11 consejerías, se debe al trabajo y compromiso de miles de servidores públicos electorales” y refleja la voluntad ciudadana, concluyó
La interpretación sistemática de la fórmula de RP es inequívoca
El Consejero Uuc-kib Espadas Ancona -presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos-, afirmó que “la fórmula de asignación de la representación proporcional, su interpretación gramatical y funcional, pero muy especialmente en su interpretación sistemática, histórica y teleológica es inequívoca: donde la 2 Constitución dice que el tope de sobrerrepresentación será de 8 % para cada partido, debe leerse que este tope es para cada partido y no para cada coalición”.
Espadas recalcó que el INE defiende la República arbitrando, no siendo parte de la disputa. “No puede un órgano obligadamente imparcial moldear sus decisiones en función de un resultado electoral particular independientemente de que ese resultado sea considerado adecuado o no por funcionarios o jueces electorales”
El orden constitucional, argumentó, no es proporcionalista, “ya que no da al voto de cada candidatura el mismo peso más allá del día de la elección; sus resultados son injustos, sus disposiciones no son igualitarias; se trata de una Constitución autoritaria en la conformación de la representación parlamentaria; no es lo mejor para la diversidad política y social de este país, pero hoy es mandato constitucional”
Consejo General no es un cuarto poder, sostiene Consejera De la Cruz
En su intervención, la Consejera Norma De la Cruz Magaña recordó que desde hace 17 años la ciudadanía está familiarizada con boletas electorales en las que los emblemas de los partidos que van en coalición aparecen por separado. “La ciudadanía es consciente que con su voto elige diputaciones y senadurías de mayoría relativa y, a su vez, elige la lista de representación proporcional del partido político al que le deposita su confianza”.
En este sentido, dejó en claro que quienes conforman el Consejo General no son un cuarto poder, “no tenemos facultad para distribuir curules y escaños con interpretaciones a modo. Pretender que 11 personas integrantes de una autoridad administrativa electoral podemos cambiar las reglas de sobrerrepresentación dadas por el pacto federal, implicaría revestirnos de una soberanía que no detentamos”.
El acuerdo por el que se efectúa el cómputo total, se declara la validez de la elección de diputaciones por el principio de RP y se asignan a los partidos políticos nacionales las diputaciones que les corresponden para el período 2024-2027 establece la siguiente asignación de diputaciones por este principio a cada partido político.
Cabe mencionar que las asignaciones de diputaciones y senadurías por el principio de RP toma en consideración la fórmula establecida en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), así como lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo General por el que se determina el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de las curules y los escaños por el principio de RP en el Congreso de la Unión, que correspondan a los Partidos Políticos Nacionales con base en los resultados que obtengan en la Jornada Electoral a celebrarse el dos de junio de dos mil veinticuatro (INE/CG645/2023).
En otro punto de la sesión, el pleno aprobó por unanimidad el acuerdo por el que se efectúa el cómputo total, se declara la validez de la elección de senadurías por el principio de RP, se asignan a los partidos políticos nacionales las senadurías que les corresponden para el período 2024-2030, y por el que se emite pronunciamiento sobre el procedimiento de asignación de senadurías de representación proporcional.
El documento aprobado contiene la relación de fórmulas de candidaturas a senadurías asignadas por el principio de RP.
Finalmente, una vez aprobados los acuerdos correspondientes a las diputaciones y senadurías de representación proporcional, se llevó a cabo la entrega de las constancias de asignación a los representantes de los partidos políticos nacionales ante el Consejo General.