Las iniciativas que presentamos a este Congreso se turnan a una o varias Comisiones pero suele suceder que éstas mismas no dictaminan dentro del periodo legalmente establecido y algunas veces no lo hacen después de consumada una Legislatura, por ello es necesario establecer un procedimiento que elimine ese “limbo legislativo” que se le denomina Congelador Legislativa anunció el diputado local panista Luis Ladino
Anunció que “incorporando la figura que denominamos “afirmativa ficta legislativa”, por medio de la cual, cuando una iniciativa no haya sido dictaminada por las Comisiones legislativas permanentes en el plazo que establece el artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 44 de su Reglamento, pasaría como dictamen en sentido positivo ante el Pleno para su discusión, votación y en su caso aprobación o desaprobación formal”.
Explicó que el procedimiento legislativo, al presentar una iniciativa, es turnarse a una o varias Comisiones Legislativas permanentes donde las etapas siguientes son: dictaminación, discusión, aprobación, promulgación y publicación de la norma, de tal manera que al no cumplir con sus responsabilidades legales, queda exhibido formalmente que los legisladores incumplen con su obligación de pronunciarse por las propuestas que se presentan en el pleno cameral.
Por otra parte, abundó el coordinador del GPPAN, existen casos en que las iniciativas quedan dentro de una Comisión Legislativa en estado vegetativo durante años y años sin que se resuelvan, y sin que ningún legislador asuma la responsabilidad formal por esta omisión, advirtió que de continuar con la denominada Congeladora Legislativa podrían llegar a surgir diversos problemas como la disfuncionalidad del marco jurídico y de la sociedad en su conjunto, aunado a la caducidad de las propias iniciativas de ley que presentan como legisladores.
“Así también cuando se omite el análisis oportuno de las Iniciativas que presentamos a la Asamblea, el orden jurídico tiende a no actualizarse y a veces a no homologarse oportunamente con las normas federales, ocasionando que nuestro marco jurídico no se modernice y se vaya alejando de la realidad social, en virtud de que ésta se modifica constantemente por lo que las normas también deben adaptarse, pues en caso contrario, se produce una falta de vigencia y aplicabilidad legal de las leyes establecidas” explicó
El plazo que se tiene para que las Comisiones puedan dictaminar las iniciativas de ley que les son turnadas, es de 30 días contados a partir del día siguiente de recibir los expedientes respectivos, salvo que medie acuerdo de la Asamblea se apruebe ampliar dicho plazo. Pero en caso de que las Comisiones no amplíen el mismo ante el Pleno omitiendo con ello no dictaminar una iniciativa, ésta pasará como dictamen en sentido afirmativo ante el Pleno para su discusión y votación, con la finalidad de que todos los legisladores decidan si es de aceptarse o no la iniciativa en cuestión.
Puntualizó que, en su propuesta, cuando una Comisión incurra por cinco veces en la hipótesis de la afirmativa ficta, la Comisión de Gobierno Interno deberá modificar la conformación de la presidencia de la comisión que corresponda.





