- Los hechos acontecieron durante los ejercicios fiscales 2017 y 2018 en el Municipio de Villa de Álvarez
La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, obtuvo la vinculación a proceso en contra de «Yulenni N» y «Ma. de Los Ángeles N», exservidoras públicas de ese Ayuntamiento por el hecho que la ley señala como delito de Peculado, previsto y sancionado en el artículo 237 BIS del Código Penal para el Estado de Colima
Ante la Juez que conoce la causa penal, el Agente del Ministerio Público expuso que las imputadas omitieron aplicar en tiempo y forma, recursos públicos económicos por la cantidad de $25,330,607.95 pesos que se encontraban autorizados por el Cabildo Municipal dentro de los Presupuestos de Egresos de los ejercicios fiscales 2017 y 2018 para el pago de bonos y prestaciones laborales a favor de la plantilla laboral de dicho ente público, aun cuando habían sido reconocidos y devengados contablemente para su pago por parte de la Tesorería Municipal; trayendo por consecuencia la presentación de un juicio laboral ante el Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado, en el que se condenó a pagar al Municipio una indemnización adicional a dichos recursos por la omisión del pago oportuno de los recursos a favor de los trabajadores, ocasionando con ello un detrimento patrimonial a la hacienda pública municipal.
Por tal motivo, el día 22 de febrero del presente año, se llevó a cabo la audiencia de vinculación a proceso, en la que gracias a los datos de prueba aportados por el Agente del Ministerio Público de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción en audiencia de imputación celebrada el día 16 de febrero del mismo año, la Jueza concedió dicha vinculación a proceso y estableció un plazo de un mes para el cierre de la investigación complementaria.
Con dichas acciones realizadas, esta Fiscalía Especializada, reitera su compromiso con las y los colimenses de entregar los mejores resultados en el combate a la corrupción y asegura que habrá cero tolerancia ante este tipo de actos.
Conforme al artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se presume la inocencia de las personas imputadas hasta en tanto no sea declarada su responsabilidad penal por autoridad judicial.