Salvador Romero Espinoza, Comisionado Ciudadano del Instituto de Transparencia del Estado de Jalisco (ITJ) acudió a Colima para presentar su cuaderno de transparencia “Las Redes Sociales Digitales, su Relación con su derecho de Información, la Libertad de Expresión y la Privacidad” que plantea cuáles son los canales y límites de las redes sociales en funcionarios públicos e instituciones.
Previo a su charla en la Facultad de Psicología de la Universidad de Colima (UdC), Romero Espinoza reconoció en entrevista que las redes sociales se consideraban como medios de difusión social, pero no se las tomaba como fuentes de información pública y agregó que “nosotros fuimos más allá y consideramos que las redes sociales pueden ser una fuente oficial de información pública, incluso las redes personales de los servidores públicos”.
Expuso que la obra analiza tres vertientes: el derecho a la información, quién puede acceder a las redes sociales de los servidores públicos y cuáles son los límites y alcances de este derecho.
Salvador Romero dijo que este análisis derivó en un decálogo de derechos y obligaciones de los usuarios de las redes sociales digitales donde sobresalía uno: las redes sociales pueden ser fuente de información pública; el origen de ésta -cuando se cumplen ciertos requisitos-, y dar oportunidad al derecho de réplica.
Explicó que existen tres requisitos para que la red social se considere como fuente de información: que el servidor público la configure como acceso público; que el servidor público la reconozca como suya; y que difunda información directa de sus actividades. En caso de no cumplir con algunos de los requisitos, ya no entraría en la categoría de fuente oficial.
El titular del ITJ subrayó que las medias tradicionales de sanción pueden ser aplicadas a los organismos garantes, como en el caso de que algún ayuntamiento inaugure un programa, se le solicite la documentación requerida y no la facilite al ciudadano.





