Columna | Legalidades

Extranjeros en el Estado de Colima /Opinión de Blanca Torres. Investigación Jurídica.

El ser humano siempre está en continuo reto consigo mismo, esto implica que si su propósito es el de viajar, conocer o vivir en otro País, se lo proponen hasta conseguirlo. Las razones por las cuáles una persona se encuentra en otro territorio, siempre se dirige a un crecimiento personal ya sea por negocios, sea para disfrutar y conocer de la cultura de ese País y su gente o la de estudiar en él.

La persona que viene de otro País que no es el suyo de origen, según la RAE (2020)1 es denominado como extranjero por lo que carece de las cualidades que lo acreditan como originario del mismo; pero puede adquirir la nacionalidad ya sea que la persona haya nacido ahí o por naturalización, concediéndole derechos y a su vez lo obliga como a otros nacionales a cumplir las leyes. En Colima la Secretaría de Relaciones Exteriores otorga la carta de naturalización según requisitos cumplidos o por contraer matrimonio con un mexicano.

Y siendo esta la causa, en el cuál se quiera celebrar el contrato matrimonial entre extranjero (a) y mexicano (a) deberá de cumplir con la autorización por parte de la Secretaría de Gobernación, por lo que el Registro Civil emitirá una inscripción de dicho acto jurídico en el Registro Nacional de Extranjeros y en el caso de que no cuente con dicha certificación por parte de la secretaría en mención, no se podrá dar trámite a la celebración, siendo una excepción que la ley ha señalado la inscripción de acta de nacimiento o defunción.

En nuestra legislación Estatal toda persona que se encuentre viviendo, visitando, estudiando en nuestro Estado de Colima tiene derecho a que se les reconozca su personalidad jurídica y goza de los derechos humanos plasmados en nuestra Carta Magna y Tratados Internacionales ratificados por México.

Así mismo, las personas extranjeras tienen derechos y obligaciones como toda persona nacional, entre algunas restricciones son la de adquirir bienes inmuebles dentro de ciertas áreas del territorio nacional o ciertas operaciones bursátiles o financieras, una de las obligaciones más importantes es la de guardar y proteger su documentación migratoria que les acredite su situación en el País y en caso de que la autoridad se las requiera, deben proporcionarles la información y mostrarles lo que se les pide.

Nuestra legislación Civil en el Estado de Colima se aplica sin distinción a toda persona que se encuentre dentro del territorio, sea hombre o mujer, en dónde su capacidad jurídica es igual para todos, por lo que nadie queda sujeto, dominado o dependiente a otro y mucho menos tendrá privilegios por encima del otro en el ejercicio de sus derechos.

1 https://www.rae.es/ Imagen vista en: https://monaco-congres.com/wp-content/uploads/2019/03/international-travel-insurance-policy.jpg