Columna | La Panga

¿SABÍA QUE YA NO SE REQUIERE ORDEN PARA QUE LO REVISEN A USTED O A SU AUTOMÓVIL?, la columna de Mayahuel Hurtado Ortiz.

Un importante avance en las inspecciones policiacas es la relacionada a que en el caso de quien resulte sospechoso de haber cometido un ilícito o se le atrape en flagrancia del mismo y se requiera de una revisión a la persona o a un vehículo de forma rápida, sin la necesidad de tener una orden para hacerlo, se podrá realizar de forma inmediata; sin la conocida tramitología que impedía que las autoridades realizaran su trabajo de investigación e impartición de la justicia de forma pronta y expedita; para esto, amable lector, lectora, le comparto la siguiente información:
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la figura de las inspecciones policiacas sin orden judicial o ministerial, únicamente en caso de sospecha razonable o flagrancia.
En sesión, el pleno del máximo tribunal del país aprobó por mayoría de votos porciones de tres artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales, cuyo proyecto de propuesta fue elaborado por el ministro Javier Laynez.
En la continuación del debate sobre diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, el pleno de la Corte decidió declarar que son constitucionales los artículos 132, fracción VII; 147, tercer párrafo; 251, fracciones III y V, 266 y 268 que hace unas semanas fueron impugnados por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos al considerar que violaban garantías individuales.
En sus alegatos, el ombudsman señaló que la facultad que tienen los elementos policiacos para llevar a cabo revisiones de personas o vehículos sin que para ello mediara la orden de un juez transgrede los derechos a la libertad personal y de tránsito, seguridad jurídica, privacidad, vida privada, integridad personal y de no injerencias arbitrarias.
Los ministros de la Corte decidieron avalar el proyecto de Laynez, en el que se estableció que los argumentos de la CNDH son infundados porque las inspecciones policiacas constituyen controles preventivos y provisionales autorizados al amparo. De la prevención y persecución de delitos, así como su investigación.
El ministro presidente de la Suprema Corte, Luis María Aguilar Morales, afirmó que las inspecciones son una medida proporcional, idónea y con un fin constitucionalmente válido, de proteger la seguridad pública y los derechos de las víctimas de delitos. 
La mayoría de ministros coincidió en que las inspecciones constituyen controles preventivos provisionales que se encuentran autorizados no sólo en la prevención y persecución de delitos, sino también en su investigación y por tanto, se reconoce la validez constitucional de los preceptos impugnados. 
Laynez dijo que la flagrancia de un delito se puede revelar de dos maneras: Cuando el ilícito es evidente a la vista del policía, o cuando la inspección es la que lo revela, y recordó que los jueces de control son los que calificarán si dicha inspección fue legal.
El pleno de la Corte aprobó por unanimidad el artículo 148 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que establece la detención en flagrancia por delitos que requieren de querella. 
La CNDH alegó que dicho artículo viola los preceptos pro persona, de presunción de inocencia y de legalidad, las formalidades esenciales del procedimiento, y los derechos de seguridad jurídica y a la libertad personal.
Algunas porciones de los artículos 251, 266 y 269 del Código fueron avaladas por mayorías de ocho votos, y otras sólo tuvieron siete, por lo que José Ramón Cossío advirtió que no habría votación suficiente para que los criterios del proyecto sean obligatorias para el resto del Poder Judicial. 
De acuerdo con lo aprobado, los criterios adoptados este martes no son aplicables a las revisiones en inspecciones preventivas en espacios públicos, retenes, aeropuertos, puertos y transporte público, por corresponder a otros parámetros constitucionales.
Celebro, amable lector, lectora, esta postura de la SCJN, ya que en el caso de delitos en los que se requiere un actuar inmediato de la justicia, en donde cada segundo cuenta y cada reacción representa dar con el paradero de los responsables de un ilícito, permitirá que las autoridades de impartir justicia, puedan detener un vehículo en el que lleven personas, sustancias prohibidas, armamento, explosivos, incluidos los vehículos reportados como robados que piensen ser llevados a otras entidades para revenderlos o utilizarlo para delinquir.
La ley debe adecuarse a los nuevos tiempos.

LOS REMOS DE LA PANGA

REMAZO: El presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos en el Estado de Colima, Sabino Hermilo Flores Arias, fue acusado de supuestas omisiones, de acuerdo con la información proporcionada por una persona que presentó ante la Fiscalía Anticorrupción su denuncia. El ombudsman, en su cuenta de redes sociales, salió a desmentir el hecho, contenido público que decenas de veces fue compartido y recibió cientos de muestras de solidaridad y apoyo. La gente en redes sociales que fue representada por Flores Arias, salió a defender a quien ha realizado una destacada labor en la defensa de los Derechos Humanos y basta leer los comentarios para percatarnos del nivel de aceptación ciudadana que resulta ser hoy en día la mejor defensa de él.
En lo personal mi reconocimiento porque ha recibido quejas de personas vulneradas y ha tenido la sagacidad de estar al pendiente de las denuncias ciudadanas en las redes sociales y en los medios de comunicación, haciendo una labor más completa que marca un antes y un después en el cargo.

REMO: felicitaciones a los ganadores de la elección de autoridades auxiliares, que de acuerdo con los resultados preliminares nos dan los siguientes resultados: Alberto Nando Quintal, en Las Brisas; Alicia Cortés, en Santiago; Esmeralda López, en Tapeixtles; Adriana Aranda, en Salagua; David Díaz, en Campos; Patricia Ortiz, en el Valle de las Garzas; Angélica Machuca, en Jalipa; Omar Aguilar Gallardo, en El Colomo; Fermín Galindo, en Río Marabasco, y Xochitl Vázquez, en El Charco. Especialmente quiero felicitar al señor David Díaz y Doña Licho Cortez, quienes son unos líderes sociales que llevan años trabajando en beneficio de la ciudadanía porteña, gente que aprecio y estimo mucho. Enhorabuena para todos ellos.

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