BUSCAN REFORMAR LEY DE AUSTERIDAD PARA LA PROTECCIÓN DE LOS SERVICIOS MEDICOS DE LA SECCIÓN 39

La Diputada Claudia Gabriela Aguirre Luna, de la Fracción Parlamentaria de MORENA, propuso en tribuna una modificación a la Ley de Austeridad 
del Estado de Colima con el objetivo de clarificar y proteger los servicios médicos de los Trabajadores al Servicio de la Educación de la 
Sección 39.

Aguirre Luna expuso que “Ley de Austeridad del Estado de Colima, se desprende que el contenido de su artículo 4, ha generado múltiples interpretaciones erróneas, que pretenden confundir en cuanto al espíritu de dicha ley se refiere, pretendiendo que fue creada, para avasallar derechos adquiridos de los trabajadores de los tres Poderes del Estado y 
los Órganos autónomo.”

Así mismo la Diputada del grupo parlamentario de MORENA comentó que la referida legislación, no pretende afectar derechos laborales adquiridos 
por los trabajadores sindicalizados y de base del Gobierno del Estado de Colima, de la Sección 39 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la 
Educación, de los servidores públicos que se desempeñan en áreas de seguridad pública y procuración de justicia, respecto de los que es 
necesario garantizar que cuenten con la seguridad jurídica necesaria en cuanto a sus derechos y prestaciones laborales se refiere.

Del mismo modo agregó que esto es un tema de carácter urgente, puesto que tiene que ver con el acceso al derecho humano a la salud y demás 
prestaciones laborales de los trabajadores de la educación del Estado y de servidores públicos que se desempeñan en áreas de seguridad pública y 
procuración de justicia, por lo que exige una atención y solución inmediata, a fin de evitar, que se les impida acceder a tales derechos.

Finalmente, la iniciativa de modificación de la Ley de Austeridad en su artículo cuarto busca adicionar dicho artículo quede de la siguiente 
manera:

“Artículo 4. Queda prohibido establecer o cubrir con recursos públicos haberes de retiro o regímenes especiales de jubilación o pensión, así 
como la contratación de seguros privados de gastos médicos, de vida o de separación, individuales o colectivos, por parte de los entes públicos 
para beneficio de cualquier servidor público, a excepción de los trabajadores sindicalizados y de base del Gobierno del Estado de Colima, de la Sección 39 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, 
de los servidores públicos que se desempeñan en áreas de seguridad pública y procuración de justicia.”

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